Las cajas que posean más de un 50% de su banco deberán crear un fondo de reserva

La nueva ley que regulará estas entidades, que podrá entrar en vigor en un año, inicia su proceso de consulta pública
creditoCapitalDineroBilletesDeuda

Las cajas de ahorros que posean más de un 50% del banco al que dieron origen deberán presentar ante el Banco de España un plan financiero en el que especifiquen la manera en la que harán frente a las posibles necesidades de capital en que puedan incurrir y los criterios básicos de su estrategia de inversión en entidades financieras.

Además, deberán crear un fondo de reserva con el que hacer frente a las posibles necesidades de recursos propios de la entidad de crédito participada “que pudieran poner en peligro el cumplimiento de sus obligaciones en materia de solvencia”.

Éstas son 2 de las condiciones que se incluyen en la nueva normativa de cajas de ahorros, que hoy ha sido puesta a consulta pública y que podría entrar en vigor entre finales de 2013 y principios de 2014, según explican fuentes del Ministerio de Economía y Competitividad.

Fundaciones bancarias

En ella, se indica también que las fundaciones bancarias serán aquellas que mantengan una participación en la entidad de crédito que alcance, de forma directa o indirecta, al menos un 10% del capital o de los derechos de voto de la entidad, o que le permita nombrar o destituir algún miembro de su órgano de administración. Las que posean una participación igual o superior al 30% en una entidad de crédito o que les permita el control de la misma deberán acordar un protocolo de gestión de la participación financiera y tendrán que presentar el plan financiero ante la institución que dirige Luis María Linde.

En el caso de que posean más del 50%, tendrán que preparar el plan financiero, crear el fondo de reserva y, además, elaborar un plan de diversificación de inversiones y de gestión de riesgos, “que deberá incluir el compromiso para que la inversión en activos emitidos por una misma contraparte no supere los porcentajes máximos sobre el patrimonio total que determine el Banco de España”.

Mayor competencia del Estado

El Estado incrementará su nivel de competencia a medida que la caja aumente su presencia en el banco. Así, si la caja posee menos de un 30%, el Estado sólo tendrá competencia sobre el gobierno corporativo; si posee entre el 30% y el 50%, el supervisor también deberá analizar la participación bancaria; y si supera el 50%, la capacidad de control del Banco de España será “máxima”.

Fuentes del Ministerio de Economía y Competitividad detallan que la nueva normativa de cajas de ahorros era una de las condiciones que Bruselas imponía a España a cambio de la ayuda al sistema financiero español. “El calendario del Memorandum de Entendimiento se ha cumplido escrupulosamente. La nueva ley es un texto equilibrado que nos satisface a todos”, señalan.

Orígenes

El texto establece que las cajas de ahorros volverán a su origen, es decir, han de ser entidades de crédito de carácter fundacional y finalidad social cuyo ámbito de actuación será una comunidad autónoma. Además, incluye la definición de lo que ha de ser su actividad (centrada en la banca minorista), su ámbito geográfico (centrado en una comunidad autónoma y provincias limítrofes) y su volumen.

También determina que las cajas que tengan una participación en una entidad de crédito superior al 10% deberán transformarse en fundación bancaria con finalidad social y cuya actividad irá orientada a la atención y desarrollo de la obra social.

La ley marca que tendrán que convertirse aquellas entidades con un activo superior a 10.000 millones de euros o con una cuota de instalación del 35%. El plazo de transformación que se establece para estos supuestos es de 5 meses, lo que implica que para mayo o junio de 2014 el nuevo sistema de cajas de ahorro ya estaría completado.

Incompatibilidades

Estas fundaciones tendrán como órganos de gobierno un patronato (con un máximo de 20 miembros), un director general y los que prevean sus estatutos. En este contexto, el Banco de España se encargará de la supervisión de la entidad de crédito participada. Fuentes del Ministerio de Economía y Competitividad determinan que existirá incompatibilidad entre ocupar un puesto en el Consejo de Administración de una caja y estar a su vez en el patronato de la fundación. Sin embargo, no es incompatible formar parte del Consejo de cualquier empresa y estar en la caja al mismo tiempo.

Europa Press

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Información sobre la protección de datos:
· Responsable de los datos: Ediciones La Meseta, S.L.
· Finalidad: Enviar un comentario
· Derechos: Tienes derecho a acceder, rectificar o suprimir los datos, así como otros derechos como es explica en la política de privacidad.
· Información adicional: Puedes consultar la información adicional y detallada sobre la protección de datos aquí.

Noticias relacionadas

Ir al contenido