La CNMV considera que los inversores minoristas pagaron las preferentes por encima de su valor razonable

Detecta conductas inapropiadas
La CNMV ha emitido un informe sobre la comercialización de preferentes.
La CNMV detecta deficiencias en el cumplimiento de la obligación de actuar en mejor interés de los clientes por parte de los bancos que comercializaron preferentes.

La mayoría de las emisiones minoristas de participaciones preferentes realizadas en el segundo trimestre de 2011 se negociaron a precios de cruce cercanos al 100% “por encima de su valor razonable”, mientras que en las correspondientes a inversores institucionales, el precio cruzado fue “significativamente inferior al 100%”.

Así consta en un informe elaborado por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) a partir de la documentación aportada por 26 entidades de crédito que comercializaron este tipo de productos híbridos.

Supervisor

El supervisor explica que los mayores volúmenes de negociación corresponden a las entidades con mayor saldo vivo, entre las que cita a Bankia, y destaca casos con volúmenes muy reducidos en relación al saldo vivo de sus emisiones y otras que se muestran especialmente activas proporcionalmente.

Como conclusión, el supervisor señala que la mayor parte de las entidades continúan manteniendo sistemas internos de case con precios de cruce cercanos al 100% y no acreditan que este precio coincida con el valor razonable del producto.

En este análisis, la CNMV ha detectado una serie de conductas inapropiadas por parte de las entidades, así como riesgos a los que éstas se han de enfrentar en el proceso de comercialización con posterioridad a la emisión y en el case de este tipo de operaciones.

Conflicto de intereses

Así, cita como riesgos la inadecuada gestión del conflicto de interés entre clientes y la entidad beneficiando al vendedor en perjuicio del comprador. También se ha producido una inadecuada gestión del conflicto de interés entre la entidad y su cliente, perjudicando al cliente, y ha habido deficiencias por la falta de información en el documento de política de mejor ejecución.

 A la vez, se han puesto de manifiesto deficiencias en el cumplimiento de la obligación de actuar en mejor interés de los clientes, en particular en aquellos casos en que coexisten varias emisiones con diferenciales muy diferentes e igual precio de cruce, en cuanto se considera que se está perjudicando al cliente, al que se le permite comprar la emisión con peores condiciones sin advertirle que existe un producto al mismo precio y mejores condiciones económicas.

Europa Press

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